Dicen los morenistas que no saben si Claudia Sheinbaum violó la Ley Electoral

 

Héctor Ochoa, representante de Diálogos Progresistas, dijo desconocer si los simpatizantes de Claudia Sheinbaum violaron la ley electoral, sin embargo, tienen claro que los espectaculares se deben a qué Marcelo Ebrard va por encima en las encuestas.

Señaló que el acuerdo que se tomó para sacar candidato es por medio de una encuesta a la ciudadanía, la cual se realizará entre julio y noviembre del próximo año.

“Tenemos muy claro que nosotros encabezamos las encuestas y lo que yo veo es que los equipos que promocionan a la jefa de gobierno quieren catalizar la promoción de la jefa de gobierno”, dijo.

 

Cabe señalar que la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales, en su artículo 211, señala que:

Se entenderá por propaganda de precampaña al conjunto de escritos, publicaciones, imágenes, grabaciones, proyecciones y expresiones que durante el periodo de precampaña difunden los precandidatos con el propósito de dar a conocer sus propuestas y obtener la candidatura a un cargo de elección popular.

También en su artículo 277 señala que:

  1. Se entiende por precampaña electoral el conjunto de actos que realizan los partidos políticos, sus militantes y los precandidatos a candidaturas a cargos de elección popular debidamente registrados por cada partido.
  1. Se entiende por actos de precampaña electoral las reuniones públicas, asambleas, marchas y en general aquéllos en que los precandidatos a una candidatura se dirigen a los afiliados, simpatizantes o al electorado en general, con el objetivo de obtener su respaldo para ser postulado como candidato a un cargo de elección popular.
  2. Se entiende por propaganda de precampaña el conjunto de escritos, publicaciones, imágenes, grabaciones, proyecciones y expresiones que durante el periodo establecido por esta Ley y el que señale la convocatoria respectiva difunden los precandidatos a candidaturas a cargos de elección popular con el propósito de dar a conocer sus propuestas.

En el artículo 443 del mismo ordenamiento señala que:

  1. Constituyen infracciones de los partidos políticos a la presente Ley: La realización anticipada de actos de precampaña o campaña atribuible a los propios partidos

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